La última Orden Ministerial 414/2020, publicada el sábado, establece nuevas pautas clave para la venta y la recogida en tienda de los productos que no son de primera necesidad adquiridos a través de internet. Serán de aplicación desde este lunes 18 de mayo.
De acuerdo con la nueva Orden Ministerial, la venta online de productos de alimentación y de primera necesidad, definidos según el Real Decreto que estableció el estado de alarma, no ha variado, por lo que continúa permitida tanto cuando el pedido se entrega en el domicilio del cliente como cuando el cliente realiza la recogida en tienda a través de servicio Click&Collect (C&C).
Sí que hay cambios, sin embargo, en relación con la venta online de cualquier otro tipo de productos. Estas ventas se van poder seguir realizando cuando el pedido se entrega en el domicilio del cliente, pero, además, a partir de hoy los clientes podrán también recoger sus pedidos en tienda a través del servicio C&C con las siguientes condiciones:
- En aquellas zonas en Fase 0 y Fase 1, los clientes podrán recoger en tienda siempre que esta tenga una superficie inferior o igual a 400 metros cuadrados o, en caso de ser superior, esté acotada a 400 metros cuadrados. Además, si el establecimiento está en un centro comercial, deberá tener un acceso directo e independiente desde la calle.
- En aquellas zonas en Fase 2, podrán recoger en tienda, sea cual sea la superficie de esta y esté o no situada dentro de un centro comercial.
En cualquiera de las fases, los comercios deberán seguir respetando los aforos, las medidas de sanitarias establecidas y garantizar que las recogidas se puedan realizar de forma escalonada, evitando aglomeraciones en el interior del local o su acceso.
Por otro lado, en los últimos días se ha confirmado que está permitida la realización de acciones comerciales de promoción de ventas, como las rebajas, siempre y cuando se adopten las medidas oportunas para evitar aglomeraciones.
Para responder a las dudas y preguntas que puedan surgir a los establecimientos sobre la Fase 1, el Ministerio de Comercio ha creado esta guía. Además, te recordamos que tienes a tu disposición estas FAQs realizadas por el equipo Legal de Adigital y las recomendaciones para comercio electrónico que publicamos en marzo, así como el correo electrónico ecommerce@adigital.org, al que puedes hacernos llegar tus consultas sobre tu ecommerce durante el estado de alarma.