El Ministerio de Transporte, Movilidad y Agenda Urbana (MITMA) tiene previsto aprobar una ley nacional de movilidad: la Ley de Movilidad Sostenible y Financiación del Transporte Urbano. Esta norma se enmarca en la Estrategia de Movilidad Segura, Sostenible y Conectada, anunciada por el Ministerio el pasado mes de septiembre, y pretende reorientar la política de transportes de nuestro país, acercando la regulación a la nueva realidad de la movilidad. Pero ¿cómo conseguir ese objetivo?
La futura Ley de Movilidad Sostenible y Financiación del Transporte Urbano, actualmente sometida a consulta pública previa, busca dar respuestas a los retos de la movilidad de personas y mercancías, como pueden ser el cambio climático, la calidad del aire, la congestión o la desigualdades entre territorios. Pero, al mismo tiempo, supone una oportunidad para integrar en la regulación los nuevos elementos que están transformando el sector como las plataformas de intermediación, la intermodalidad o los usos compartidos de la movilidad.
Por eso, desde Adigital y Smart Mobility valoramos de forma muy positiva la oportunidad que esta norma puede suponer a efectos de facilitar alternativas alineadas con las necesidades de la sociedad actual, con la mirada puesta en la digitalización, y queremos poner sobre la mesa cuatro puntos que la ley debería abordar para lograr ese fin:
1. Coordinación con otros planes y normas
Dado que la descarbonización del transporte será uno de los pilares de la Ley de Movilidad, es fundamental que esta se encuentre en sintonía con con los objetivos de la política medioambiental marcados por el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO).
Más concretamente, la Ley deberá alinearse con 1) los principios del proyecto de Ley de Cambio Climático y Transición Energética, actualmente en tramitación, y 2) los objetivos sobre reducción de emisiones que define el Plan Nacional Integrado de Energía y Clima (PNIEC). Ambas iniciativas recogen los principios y medidas que guiarán la transformación hacia una movilidad sostenible, y que la futura ley deberá desarrollar. Por ejemplo, el PLCCTE incluye la obligación de que, antes de 2023, todos los municipios españoles de más de 50.000 habitantes deberán constituir su propia zona de bajas emisiones o medidas para fomentar la movilidad eléctrica compartida.
Adicionalmente, también es fundamental que la Ley de Movilidad esté alineada con otras políticas e iniciativas europeas sobre las emisiones de gases de efecto invernadero y el transporte, como la European Strategy for a Sustainable and Smart Mobility o el Pacto Verde Europeo.
2. Fin de la fragmentación normativa
La movilidad es un área regulada, en gran parte, a nivel local, lo cual se traduce en crecientes disparidades entre comunidades autónomas y municipios, amenazando la unidad del mercado español. Además, las distintas regulaciones existentes están generando inseguridad jurídica tanto a empresas como a usuarios, afectando al desarrollo de las nuevas fórmulas de movilidad sostenible y al ejercicio del derecho a la movilidad por parte de los ciudadanos.
Por ello, es necesario que la nueva Ley promueva la armonización de los planes y normas, a través de un marco jurídico común; respetando las características de cada municipio, pero velando por la unidad de mercado. También debe favorecer la coordinación efectiva entre los entes territoriales, previendo los mecanismos necesarios. Y debe facilitar la libre prestación de servicios de movilidad, con flexibilidad, sin imponer cargas ni limitaciones desproporcionadas a los operadores y usuarios. La regulación de esta actividad debe ser excepcional, no exhaustiva, y, en su caso, debe limitarse a establecer mecanismos que garanticen la calidad de los servicios de movilidad.
3. Favorecer el uso del vehículo frente a su propiedad
La movilidad compartida se ha erigido como una solución de transporte sostenible, que fomenta un uso más eficiente y racional de los recursos y elimina la necesidad del ciudadano de comprar un vehículo propio. Al mismo tiempo, al reducir el número de vehículos en circulación, la movilidad compartida contribuye a la descarbonización del medioambiente, a la descongestión de las ciudades y a la liberación de espacio público.
Todos estos aspectos están alineados con los objetivos que persigue la futura Ley de Movilidad Sostenible. Por ello, consideramos que la norma debe favorecer el desarrollo de la movilidad compartida, con medidas como:
- Promocionar el uso de la movilidad compartida desde el punto de vista fiscal, estableciendo incentivos a través del IRPF, haciendo deducibles los gastos por bonos en vehículos de movilidad compartida o mediante una bonificación del Impuesto de Actividades Económicas, o exención total.
- Adaptar las infraestructuras para habilitar carriles específicos y exclusivos para vehículos de dos ruedas en las principales arterias de la ciudad, con el objetivo de fomentar el uso de estos vehículos (especialmente bicis y patinetes) y garantizar la seguridad vial.
- Fomentar el desarrollo de carriles de alta ocupación, que promuevan e incentiven el uso del carpooling. De esta manera se aumentaría la tasa media de ocupación de los turismos, reduciendo las emisiones de CO2 y la congestión viaria.
- Crear espacios de estacionamiento disuasorios, para vehículos compartidos.
- Habilitar hubs de carga de baterías para vehículos eléctricos compartidos en ubicaciones estratégicas, permitiendo a las empresas optimizar su operación y garantizar la disponibilidad del mayor porcentaje de flota posible.
- Diseñar planes de incentivos a través de las Comunidades Autónomas y/o Ayuntamientos, destinados a las empresas que fomenten el uso de movilidad compartida entre sus empleados, tal y como ha hecho la Ley Francesa de Movilidad que contempla introducir una dotación económica para las empresas cuyos empleados opten por medios de transporte sostenibles.
4. Una definición vehículo compartido y carpooling
Para una mayor seguridad jurídica y una correcta regulación de la movilidad, resulta necesario introducir en el ordenamiento español las definiciones jurídicas de estas nuevas formas de movilidad que la Ley podría regular. En concreto, existe la necesidad de contar con una definición de movilidad compartida, que no haga únicamente referencia al carsharing, y una definición de carpooling. La existencia de una definición consensuada ayudaría a desarrollar las consiguientes normas encaminadas a regular la movilidad compartida.
¿Próximos pasos?
La Ley de Movilidad Sostenible y Financiación del Transporte ha sido sometida a consulta pública previa hasta el 15 de noviembre. Se prevé que el borrador esté disponible a finales de año o principio de 2021, para iniciar su recorrido en las cámaras y posterior aprobación.
Desde Adigital y Smart Mobility seguiremos muy de cerca este proceso, al que también contribuiremos con estas consideraciones. Todo con el objetivo de promover un modelo de movilidad más sostenible y eficiente que haga de nuestras ciudades lugares más habitables en los que el bienestar de la ciudadanía y el cuidado del medio ambiente estén en el centro.